La aprobación del nuevo Código Penal de la República Dominicana ha concentrado gran parte del debate en temas como el feminicidio, el sicariato o los delitos tecnológicos. Sin embargo, uno de los cambios que podría tener mayor impacto a largo plazo pasa casi desapercibido: las nuevas implicaciones para el sistema de salud.
La Ley núm. 74-25, promulgada en 2025 y cuya entrada en vigor está prevista para agosto de 2026, sustituirá un Código Penal con más de un siglo de vigencia. La reforma busca modernizar la legislación dominicana, pero también introduce un nuevo escenario para médicos, enfermeras, hospitales, clínicas y administradores de salud, donde la responsabilidad profesional y la gestión institucional adquieren una dimensión distinta.
Más que castigar el ejercicio de la medicina, la normativa fortalece la responsabilidad penal cuando una actuación negligente, imprudente o contraria a los deberes profesionales provoca daños al paciente. El verdadero reto será distinguir una conducta negligente de una complicación propia de la práctica médica o de un resultado adverso que puede presentarse aun cuando el profesional actuó conforme a la evidencia científica y a las buenas prácticas clínicas.
Esa ha sido una de las principales preocupaciones expresadas por el Colegio Médico Dominicano (CMD). Su presidente, el doctor Luis Peña Núñez, ha advertido sobre el riesgo de que el ejercicio médico pueda judicializarse en exceso si la ley no se interpreta con criterios técnicos y científicos.
Mayor responsabilidad para los profesionales de la salud
Aunque el nuevo Código Penal incorpora cientos de disposiciones, varias de ellas impactan directamente la práctica médica.
Cuando una actuación negligente provoque lesiones graves o la muerte de un paciente, el profesional podrá enfrentar consecuencias penales más severas que las contempladas en la legislación anterior. La responsabilidad también puede derivarse de actuaciones imprudentes o del incumplimiento de protocolos clínicos establecidos, siempre que exista una relación entre esa conducta y el daño ocasionado.
La reforma mantiene, además, la protección del secreto profesional. Divulgar información clínica sin autorización, salvo las excepciones previstas por la ley, puede generar consecuencias penales, reforzando la obligación de proteger la confidencialidad de los pacientes.
Asimismo, la emisión de certificados médicos con información falsa o la alteración de documentos clínicos continúa siendo una conducta sancionada debido a las implicaciones que estos documentos pueden tener en procesos judiciales, laborales y administrativos.
No obstante, el nuevo Código Penal no convierte automáticamente todo error médico en un delito. La medicina es una profesión compleja en la que existen enfermedades impredecibles y complicaciones que pueden presentarse incluso cuando el equipo de salud actuó correctamente. Por ello, cada caso deberá evaluarse de manera individual con base en la evidencia científica, los peritajes especializados y la documentación clínica correspondiente.
Hospitales y clínicas también asumen nuevas responsabilidades
Uno de los cambios más relevantes de la Ley 74-25 es la incorporación de la responsabilidad penal de las personas jurídicas. En términos prácticos, esto significa que hospitales, clínicas, centros diagnósticos y otras instituciones de salud también podrían enfrentar consecuencias legales cuando se demuestre que existieron fallas organizacionales, ausencia de controles internos o incumplimientos que facilitaron la comisión de un delito.
La responsabilidad deja de recaer exclusivamente sobre el profesional de la salud y alcanza también a las organizaciones cuando sus procesos internos contribuyen a la ocurrencia de hechos sancionables.
Este cambio obliga a las instituciones a revisar sus mecanismos de supervisión, fortalecer los controles internos y garantizar el cumplimiento de las normas que regulan la prestación de los servicios de salud.
La administración de salud adquiere un papel estratégico
La reforma también transforma la manera en que deben administrarse los centros de salud.
Durante años, la gestión hospitalaria estuvo enfocada principalmente en aspectos financieros, recursos humanos y planificación institucional. Con la entrada en vigor del nuevo Código Penal, esa visión resulta insuficiente.
La seguridad del paciente, la gestión del riesgo, el cumplimiento de protocolos y la adecuada documentación clínica pasan a convertirse en elementos estratégicos para prevenir conflictos legales.
Una historia clínica incompleta, un consentimiento informado mal elaborado, protocolos desactualizados o fallas en la supervisión del personal podrían adquirir relevancia dentro de una investigación judicial.
Por esa razón, áreas como calidad, auditoría médica, seguridad del paciente, gestión documental y cumplimiento normativo (compliance) dejan de ser funciones de apoyo para convertirse en pilares de la administración sanitaria.
El desafío de evitar una medicina defensiva
Otro de los debates que acompaña la reforma es el posible incremento de la llamada medicina defensiva, una práctica mediante la cual algunos profesionales solicitan estudios o procedimientos adicionales con el objetivo de disminuir el riesgo de futuras reclamaciones legales.
Especialistas advierten que esta tendencia podría aumentar los costos del sistema, prolongar los tiempos de atención y reducir la eficiencia en el uso de recursos limitados. Otros consideran que una mejor documentación clínica y el cumplimiento riguroso de los protocolos podrían disminuir la necesidad de recurrir a estas prácticas.
En cualquier escenario, la nueva realidad obliga a fortalecer la capacitación continua del personal, actualizar los protocolos asistenciales, impulsar la digitalización de los expedientes clínicos, mejorar el consentimiento informado e incorporar programas sólidos de gestión del riesgo.
Una oportunidad para fortalecer el sistema de salud
Toda reforma legal genera incertidumbre, especialmente cuando incide sobre un área tan sensible como la atención médica. Sin embargo, el nuevo Código Penal también representa una oportunidad para fortalecer la cultura de calidad, promover una mayor transparencia y consolidar instituciones de salud más seguras para pacientes y profesionales.
El desafío no consistirá únicamente en conocer el contenido de la Ley 74-25, sino en preparar a las organizaciones para desenvolverse en un entorno donde la excelencia clínica deberá complementarse con una adecuada gestión administrativa, una documentación rigurosa y una cultura permanente de prevención.
Si la reforma logra impulsar mejores prácticas, fortalecer la seguridad del paciente y promover instituciones más organizadas, su impacto podría trascender el ámbito jurídico y convertirse en un avance significativo para el sistema de salud dominicano.



